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Estudios de Mercado como instrumento de fidelización
15 de junio de 2010, editado por Igor Urrutia Torrescusa

Los estudios de mercado pueden crear un vínculo entre el laboratorio y el médico que participa en él.  Es evidente que si el médico participa en un estudio promovido por un laboratorio puede influir en la futura prescripción del medicamento por parte del facultativo. Esta prescripción puede ser totalmente lícita, pero ya se encuentra bajo sospecha. Por ello farmaindustri regula esta materia, regulación que debemos conocer si queremos utilizar esta herramienta para fidelizar.

 

Autorregulación

Como ya comentamos en anteriores post,  el Código Deontológico de Farmaindustria se trata de un código de autorregulación de las relaciones de la industria farmacéutica con los profesionales sanitarios, y con la nueva última versión de éste, también se regulan las relaciones de la industria con las asociaciones de pacientes. Este código nació hace ya varios años para regular básicamente la celebración de eventos y congresos médicos por parte de la Industria y dotar de transparencia a todas estas actividades comerciales, muy criticadas por la sociedad en general. El código se puede descargar desde www.farmaindustria.es

 

Vamos a centrarnos en el artículo 14 que se refier a los estudios de mercado

 

Artículo 14. Estudios.

Hay una necesidad clara de reglar de una manera transparente las relaciones que se llevan a cabo con los profesionales sanitarios a través de los estudios de mercado.

En el punto 14.1 se definen lo que conocemos como ensayos clínicos. En el 14.2 se definen los estudios post-autorización de tipo observacional, ya regulados ampliamente por la Administración. El 14.3 engloba los “otros estudios” en donde se encuadran los estudios de mercado y opinión. A los institutos no les ha gustado nada que no se especifique en el nuevo código con adjetivo propio a esta actividad y se les coloque como “otros estudios”, lo cual entienden que les quita entidad profesional. El punto 14.3 se creó para recoger los estudios que no fueran ni del 14.1 ni del 14.2, es decir, todos los demás estudios por exclusión, en lo que se encontrarían los estudios de mercado y otro tipo de estudios que también realizan ciertas firmas y que en ningún caso se trata de un menosprecio ya que saben que el sector de la investigación de mercados en España es un sector serio y que tiene varios códigos éticos que lo regulan como el de AEDEMO o ESOMAR.

El espíritu del código radica en adoptar medidas para evitar que estos estudios puedan suponer una inducción a la prescripción o puedan contener un incentivo prohibido, “se sabe  que estos pseudoestudios existen”.

Los estudios de mercado deben observar los siguientes preceptos y obligaciones:

           

1)     Deber de comunicación previo a la Unidad de Supervisión, cuando se den ciertas circunstancias.  

2)     Los estudios de mercado deberán tener una finalidad científica. Los objetivos, metodología y resultados esperados deberán ser científicamente consistentes, es decir, que efectivamente exista tal estudio y que tenga unos resultados.

3)     Velar por que no modifiquen los hábitos de prescripción del médico o de dispensación del farmacéutico.

4)     Deberán tener un protocolo por escrito, detallando su objetivo, metodología, resultados previstos y su uso. También habrá que formalizar acuerdos por escrito entre las partes implicadas, especificando la naturaleza de los servicios a prestar, las condiciones de participación y remuneración, etc. La responsabilidad en este aspecto será del laboratorio, no del instituto que lo lleve a cabo.

5)     La remuneración de los encuestados deberá obedecer a criterios de mercado y ser acorde con el tiempo empleado, el trabajo realizado y las responsabilidades asumidas, y deberá estar adecuadamente formalizada. Con esto se pretende evitar incentivos no permitidos por el código.

6)     La remuneración deberá ser dineraria. Excepcionalmente, previa autorización de la USD, podrá ser en especie. Lo de “excepcionalmente” será con mayúsculas, es decir, que se tendrá que argumentar mucho por parte del laboratorio que la remuneración por la participación como encuestado en un estudio sea en especie.

7)     Se deberá garantizar que su realización no constituya un incentivo para la recomendación, prescripción, compra, suministro, venta o administración de medicamentos.

8)     El proyecto deberá contar con la aprobación previa del servicio científico del laboratorio o por el supervisor interno o compliance officer. La aprobación deberá ser antes de su puesta en marcha, es decir, la Unidad no puede tener conocimiento del estudio a posteriori.

9)     Los visitadores médicos no estarán involucrados en los estudios más que en aspectos logísticos.

 

Es importante señalar que la falta de comunicación de aquellos estudios que resulten de comunicación obligatoria, constituirá una infracción del Código.

 

Remuneración

Los institutos de investigación pagan casi siempre a los encuestados (sean éstos profesionales sanitarios o no) mediante tarjetas regalo de grandes almacenes. Una de las cuestiones que preguntaron los institutos es el porqué sí se puede pagar a un ama de casa con una tarjeta regalo y no se pueda hacer con un médico, máxime tratándose casi siempre de cantidades pequeñas.

El medio de pago de tarjetas regalo no es que esté prohibido ni nada parecido, lo que pasa es que para la Industria se ha convertido en un medio “poco transparente” y que se presta a “tentaciones”; es como si se tratara de un “medio sucio”. La realidad es que esto ha venido provocado por el abuso que se ha hecho en muchos casos de este medio de pago, que ahora está bajo sospecha en España. Curiosamente, en países como el Reino Unido o Alemania sí se retribuye a los médicos con tarjetas regalo por su participación en estudios de mercado, y nadie se rompe las vestiduras por ello.

 

Comunicación previa de los estudios

La USD (Unidad de Supervisión Deontológica de Farmaindustria) no responderá a ninguna consulta por parte de un instituto, que se niegue a decir para qué laboratorio está trabajando en relación a dicha consulta.

 

¿En qué casos no habrá que comunicar a la USD la ejecución de un estudio?

No resultará obligatoria su comunicación cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

 

  • Que el laboratorio no patrocine o financie mayoritariamente el estudio.
  • Que el estudio haya sido comunicado previamente a las autoridades.
  • Que el estudio haya sido sometido a la aprobación por un CEIC.
  • Cuando el laboratorio desconozca los profesionales sanitarios que participan o no intervenga en su selección. En este sentido cabe aclarar que cuando un laboratorio entrega al instituto un listado muy amplio de posibles médicos a entrevistar, se entiende que no ha intervenido en su selección.
  • Cuando el estudio no remunere a los profesionales sanitarios que participen en el mismo.

 

La comunicación será responsabilidad del laboratorio, no del instituto. Farmaindustria recomienda que se comuniquen voluntariamente todos los estudios, no sólo en los que el laboratorio esté obligado.

Los plazos para la comunicación serán de 10 días hábiles antes de su inicio.

La realidad de mercado demuestra que más del 90% de los estudios de mercado no se deberán comunicar a la USD, ya que en la inmensa mayoría de estudios el laboratorio desconoce la identidad de los médicos entrevistados.

 

Que información habrá que comunicar

En los casos donde sea obligatoria la comunicación del estudio, se deberá informar del laboratorio, del promotor, título del estudio, objetivos, metodología que se utilizará, plazos de ejecución, número de profesionales sanitarios participantes y especialidad, ámbito geográfico del estudio, remuneración prevista y de otras entidades involucradas, en su caso.

La USD habilitará un sistema de comunicación electrónica.

 

Principales restricciones en las campañas de captación y fidelización
14 de junio de 2010, editado por Igor Urrutia Torrescusa

CATEGORIAS: LAS REGLAS DEL JUEGO

 

 
A continuación voy a resumir la principales leimitaciones con las que cuentas los profesionales del Marketing farmaceútico, el espíritu de estas normas es Las que está prohibida toda práctica que el laboratorio no desearía que fuera conocida por la opinión pública:  

REUNIONES Y EVENTOS
- En esta categoría destaca la norma de prohibir a los laboratorios organizar actos y congresos científicos para promocionar sus productos en lugares exclusivamente turísticos.
- Dentro de lo que se refiere a las reuniones y eventos, Farmaindustria declara en su código que el 60% de cada jornada habrá de estar dedicada al estudio y debate de cuestiones científicas. El sector apuesta por que el lugar elegido para cada encuentro sea el "adecuado" y conste de unos "niveles de hospitalidad razonables".
- En ningún caso se podrá conceder dinero en metálico para satisfacer necesidades originadas por el viaje, mientras que la duración de las estancias no podrá prorrogarse más allá de los días anterior y siguiente a la celebración del evento. Por añadidura, no se acepta la presencia de acompañantes del médico incluso cuando éstos se paguen sus propios gastos.

REGALOS
- Los regalos que se hagan a los médicos en forma de utensilios y tecnologías científicas no podrán superar el valor de 30 euros, además de que se habrán de entregar a la institución sanitaria y no al profesional.

BONIFICACIONES
- Las bonificaciones a las farmacias en forma de medicamentos gratuitos o descuentos suponen una infracción por cuanto representan un "incentivo a la dispensación de determinados productos".

Unidad de supervisión

 
Farmaindustria cuenta con una unidad de supervisión deontológica. La organización de una reunión científica habrá de comunicarse con carácter previo a esta unidad de supervisión si el viaje incluye una pernoctación y en él participan un mínimo de 20 profesionales sanitarios. El nuevo órgano podrá además imponer sanciones económicas. Tal comisión podrá, además, contratar la realización de auditorías independientes o dictámenes externos.
La entidad tiene una guía con ejemplos prácticos sobre conductas erróneas y permitidas. Farmaindustria considera inaceptable la concesión de cheques-regalo a un médico o la organización de una visita a las pirámides del Valle de Giza, en El Cairo, tras una jornada de trabajo de tres horas. También se desautoriza invitar a un grupo de médicos a una marisquería si el cubierto excede los 100 euros. La patronal se muestra más indulgente con los regalos de libros científicos y suscripciones a revistas, por cuanto se trata de un material que contribuye a la formación del médico.
Hasta ahora la organización ha recibido 42 denuncias, la mayoría de ellas presentadas por grandes laboratorios contra otros competidores. Nueve de las denuncias se tradujeron en sanciones que oscilaban entre los 6.000 y 9.000 euros.
 

 

¿Qué es Farmaindustria?
14 de junio de 2010, editado por Igor Urrutia Torrescusa

CATEGORIAS: LAS REGLAS DEL JUEGOCódigo Ético

 

Los profesionales del marketing y ventas que trabajan en el sector de la salud conocen muy bien las limitaciones que existen en el mismo .. Limitaciones que deben conocer  a la hora de realizar campañas de marketing.
La Industria Farmacéutica proporciona a la Sociedad uno de los bienes más preciados y que más contribuye al bienestar y a la salud de la población: el medicamento. La Industria investiga, desarrolla, produce y comercializa productos farmacéuticos que alivian dolencias y curan enfermedades.
Al mismo tiempo, el medicamento es probablemente uno de los sectores más regulados, precisamente para proteger al máximo la salud de los ciudadanos. El Estado no sólo paga buena parte de las medicinas que se consumen en el país, sino que además decide qué medicinas se pueden vender, cómo se fabrican y dispensan y cuánto se paga por ellas.
 
Hay una serie de restricciones que afectan a la comercialización de productos farmacéuticos, restricciones que debemos tener en cuenta a la hora de elaborar nuestras campañas de captación y fidelización. Estas restricciones provienen tanto de la regulación legal como de la propia industria que cristaliza su código ético de actuación en FARMAINDUSTRIA, la Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica establecida en España.
 
Esta asociación agrupa a una gran mayoría de Laboratorios Farmacéuticos, que representan la práctica totalidad de las ventas de medicamentos de prescripción en España.
 
FARMAINDUSTRIA
La misión de Farmaindustria  como asociación se centra en los siguientes objetivos:
  • Colaborar con las Administraciones Públicas para configurar un marco regulador y económico estable que propicie el crecimiento equilibrado del mercado, el aumento de las actividades de I+D y el desarrollo de la industria farmacéutica.
  • Potenciar la percepción pública de la industria farmacéutica y del medicamento, transmitiendo a ciudadanos, líderes de opinión y responsables públicos el valor que aportan las medicinas a nuestro progreso social y a nuestra calidad de vida.
  • Proporcionar servicios de valor añadido a los laboratorios asociados en los campos de la información, el asesoramiento y la colaboración empresarial.
  • Representar a la industria farmacéutica establecida en España, tanto a nivel nacional como internacional.

 Como véis no podemos hacer cualquier cosa en este sector. En el siguiente post veremos algunas limitaciones.

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